Registro de viajeros: Guía completa para alojamientos en España
Patrick Gordinne Perez2024-12-01T09:44:32+00:00El registro de viajeros en España se ha implementado para mejorar la seguridad en el sector turístico. Desde el 2 de diciembre del 2024 es obligatorio hacer el registro de todos los turistas.
Según el ministerio de interior esta normativa tiene como objetivo crear un entorno más seguro tanto para turistas como para la población local
En este artículo no vamos a entrar si esto es viable para todos, nos vamos a dejar de polémicas y vamos a ir al grano.
¿Quien esta obligado a realizar el nuevo registro de viajero 2024?
Si , los apartamentos turísticos también tienen que rellenar el registro de viajeros
Los establecimientos que ofrecen hospedaje en España tienen responsabilidades claras en el marco de la normativa sobre el registro de viajeros. A continuación, se abordan las obligaciones que deben cumplir estos establecimientos.
Tipos de Alojamiento Obligados
La normativa establece que diversos tipos de alojamientos deben realizar el registro de sus huéspedes, garantizando así la seguridad y control necesarios en el sector turístico.
Agencias de viajes, operadores turísticos
Hoteles, hostales, pensiones, casas de huéspedes y alojamientos de turismo rural.
Campings y zonas de establecimiento de autocaravanas
Apartamentos turísticos o otros alojamiento similares de carácter turístico
Compañías de Alquiler de vehículos sin conductor
Plataformas digitales que presten servicios de intermediación turística en España
Estos establecimientos deben contar con sistemas adecuados para asegurar una recolección precisa de la información de sus clientes.
Además, deben estar preparados para verificar la identidad de los huéspedes.
Los arrendadores deben asegurarse de que la información de los inquilinos se registre correctamente, manteniendo un control que facilitemos el seguimiento por parte de las autoridades competentes.
Excepciones al registro de viajeros
Existen ciertas excepciones donde no se aplican las mismas obligaciones:
Los arrendadores ocasionales de apartamentos ( no turísticos), que operan de manera no profesional, están exentos de algunos requisitos documentales.
Sin embargo, deben seguir comunicando información básica a la Guardia Civil sobre sus huéspedes.
Comunicación con las Autoridades
Los establecimientos que tienen la obligación de comunicar la información en el registro de viajeros ya no estarán obligados a informar a la Guardia civil.
¿Que datos hay que informar del huésped en el registro de viajeros?
Esta sección detalla los datos esenciales que deben ser proporcionados durante el proceso de registro.
Información Básica
Para llevar a cabo el registro de un huésped, se requiere que los establecimientos recopilen información básica de cada persona que se aloje en sus instalaciones.
Estos datos son imprescindibles no solo para cumplir con la normativa, sino también para garantizar la seguridad de todos los viajeros.
Nombre y Apellidos
Es esencial que el huésped facilite su nombre completo, que incluye tanto el primer nombre como los apellidos.
Este dato permite una identificación clara y precisa del viajero en los registros del establecimiento.
Por ejemplo:
- Nombre: Lionel Andrés
- Apellido 1: Messi
- Apellido 2: Cuccittini
- Sexo
- Dni o pasaporte
- Nacionalidad
- Fecha de nacimiento
Los establecimientos deben asegurarse de que esta información sea verificada con un documento de identidad o pasaporte válido que acredite la identidad del viajero, asegurando así la veracidad de la información proporcionada.
Dirección de Residencia
Otro dato fundamental es la dirección de residencia habitual del huésped.
Este dato debe incluir:
- Calle y número de la vivienda
- Localidad
- Código postal
- País de residencia
Datos de contacto
- Telefono
Numero de pasajeros
La recopilación de esta información contribuye a establecer un registro completo del viajero y, en caso de ser necesario, facilita su localización postal.
La precisión en esta información es clave para el cumplimiento de las exigencias legales.
Relación de Parentesco
En caso de que alguno de los viajeros sea menor de edad o esté viajando con familiares, es necesario especificar la relación de parentesco entre los acompañantes.
Este aspecto es particularmente importante para garantizar la seguridad de los jóvenes viajeros y cumplir con la normativa vigente.
Registro de Menores
Cuando se registre a un menor, se debe proporcionar información adicional que acredite la relación de parentesco.
Esto puede incluir, pero no se limita a:
- Certificado de nacimiento que indique la relación familiar
- Documentación que acredite la tutela en caso de no ser el progenitor
La información sobre los menores debe ser proporcionada por un adulto responsable, quien será el encargado de firmar el parte de entrada al establecimiento.
Esta medida asegura que se tomen las precauciones necesarias para proteger la seguridad de los niños durante su estancia.
¿Qué es un certificado digital?
Registro de Viajeros Online
La digitalización del proceso de registro de viajeros ha permitido simplificar las obligaciones tanto para los establecimientos de hospedaje como para los viajeros.
La plataforma SES.HOSPEDAJES es una herramienta clave que facilita el cumplimiento de la normativa vigente.
Uso de la Plataforma SES.HOSPEDAJES
La plataforma SES.HOSPEDAJES, habilitada por el Ministerio del Interior, ha sido diseñada para optimizar el proceso de registro de viajeros.
Esta herramienta permite a los alojamientos registrar y comunicar la información necesaria de manera eficaz, cumpliendo así con los requisitos legales establecidos.
Pasos previos al registro de viajeros
- Registrase como usuario en la aplicación
- Tener instalado un certificado digital o la cl@ve.
- Tener instalado autofirma
Funcionalidades de la Plataforma
- Registro fácil de huéspedes: La plataforma permite realizar el registro de los datos de los clientes de forma rápida y sencilla, minimizando el tiempo que los establecimientos necesitan dedicar a esta tarea.
- Integración de datos: Los sistemas de información están conectados con las autoridades competentes, lo que garantiza que los datos sean transmitidos en tiempo real, contribuyendo a la seguridad pública.
- Accesibilidad: La plataforma está disponible para diferentes dispositivos, lo que permite a los responsables de los alojamientos acceder a ella desde cualquier lugar y en cualquier momento.
- Soporte técnico: La herramienta ofrece asistencia técnica a los usuarios para resolver cualquier duda o inconveniente que pueda surgir durante el proceso de registro.
Procedimiento de Registro Online
El procedimiento para registrar a los huéspedes a través de la plataforma es bastante sencillo.
Incluye los pasos siguientes:
- Paso previo del registro del establecimiento o de la empresa
- Acceso a la plataforma: Los establecimientos deben iniciar sesión en la plataforma mediante las credenciales proporcionadas por el Ministerio del Interior.
- Introducción de datos: Una vez dentro, es necesario introducir la información requerida de cada huésped, asegurándose de que los datos ingresados sean los correctos.
- Verificación: Tras ingresar los datos, el sistema verifica la coherencia de la información, ayudando a reducir errores en el registro.
- Confirmación de registro: Finalmente, se genera un informe que certifica que el registro se ha llevado a cabo de manera correcta y que los datos han sido enviados a las autoridades competentes.
Ventajas de la Digitalización
La digitalización del registro de viajeros conlleva múltiples beneficios que impactan positivamente tanto en los viajeros como en el sector turístico en general.
Seguridad y Simplicidad
Uno de los principales beneficios de utilizar la plataforma SES.HOSPEDAJES es el aumento en la seguridad de los procesos.
Al contar con un sistema informático que centraliza toda la información, se reduce la posibilidad de errores humanos que puedan comprometer la integridad de los datos.
Además, el proceso se vuelve más ágil, lo que mejora la experiencia del cliente en el momento del check-in.
Acceso por la Sede Electrónica
La plataforma se encuentra disponible a través de la Sede Electrónica del Ministerio del Interior, lo que garantiza un acceso seguro y controlado.
Esta opción permite a los establecimientos realizar los registros en un entorno oficial, cumpliendo así con las regulaciones y ofreciendo confianza tanto a propietarios de alojamientos como a viajeros.
La facilidad de acceso y uso de esta plataforma es un paso significativo hacia la modernización de los procedimientos burocráticos relacionados con el turismo.
Multas por no hacer le registro de viajeros
Las sanciones se rigen por el capítulo V de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
Multa de 601 a 30.000 euros
- No informar de algún dato obligatorio.
- No rellenar el registro de viajeros estando obligado a ello.
Multas de carácter leve de 100 a 600 euros
- No rellenar en plazo el registro de viajeros.
- Rellenar erróneamente el registro de viajeros.