Plazo de revision de bases imponibles negativas
Patrick Gordinne Perez2024-11-12T17:56:41+00:00Plazo de revision de bases imponibles negativas: si existen bases imponibles negativas que todavía no se han compensado, Hacienda puede comprobarlas más allá del plazo general de prescripción. No obstante, para ello debe respetar ciertos límites.
Compensación de bases imponibles negativas
Limite compensación bases imponibles negativas
Cuando una empresa genera una base imponible negativa (BIN), puede compensarla con las bases imponibles positivas de los ejercicios siguientes (se genera un crédito fiscal a favor de la empresa).
Dicha compensación puede realizarse sin límite temporal alguno.
Límite compensación bases cuantitativo
No obstante, las BIN que pueden compensarse en cada ejercicio tienen como límite el mayor de los dos siguientes importes :
- Un millón de euros . Las bases imponibles negativas inferiores a dicha cuantía pueden compensarse por su totalidad (siempre que la base imponible positiva sea suficiente).
- El 70% de la base imponible negativa previa a la reducción por reserva de capitalización y a la compensación de las propias bases imponibles positivas.
Recuerde que la normativa que establecía que dicho límite era del 50% para empresas con una cifra de negocios de entre 20 y 60 millones de euros y del 25% para empresas con una cifra de negocios superior a 60 millones fue anulada por anticonstitucional
Comprobación de hacienda
Plazo general de comprobación: cuatro años
Plazo de prescripción de la inspección
Puesto que la generación de una base imponible negativa se realiza a través de la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades (IS) de un ejercicio determinado, Hacienda tiene derecho a comprobar si dicha autoliquidación y la BIN son correctas.
Si detecta algún error, puede regularizar la autoliquidación –así como la base imponible negativa– dentro del plazo general de prescripción de cuatro años (a contar desde el fin del plazo de presentación de la autoliquidación).
Compensación de bases imponibles negativas ejemplo 1
En la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2021 su empresa declaró una base imponible negativa de 200.000 euros –las ventas se redujeron y su empresa incurrió en pérdidas–.
Dado que el plazo de declaración finalizó el 25 de julio de 2022, Hacienda tiene un plazo de cuatro años (hasta el 25 de julio de 2026) para iniciar una comprobación del IS de 2021 y, en su caso, regularizar la base imponible negativa.
Esta regularización también afectará a las partes de dicha base negativa que hayan podido ser compensadas en las declaraciones del IS de los ejercicios siguientes, que Hacienda también podrá comprobar.
Plazo especial: diez años
Generada en un ejercicio prescrito
No obstante, ¿qué sucede si ya ha transcurrido el plazo de prescripción de la autoliquidación del IS en el que se generó una base imponible negativa –ya han pasado más de cuatro años– sin que ésta haya podido ser compensada totalmente?
Plazo especial
Pues bien, Hacienda aún podrá comprobarla. En este supuesto entra en juego un plazo especial durante el cual la Inspección Tributaria puede comprobar si en el ejercicio prescrito en el que se generó la base imponible negativa ésta se calculó correctamente.
Eso sí: sólo puede realizar dicha comprobación a los efectos de ajustar la incidencia de la base imponible negativa respecto de ejercicios no prescritos .
Este plazo especial es de diez años a contar desde el fin del plazo de presentación del IS del ejercicio en el que se generó la base imponible negativa.
Así pues, si su empresa tiene base imponible negativa procedentes de ejercicios prescritos, no destruya la documentación contable y accesoria (facturas, albaranes, extractos bancarios, contratos…) de dichos ejercicios: en caso de comprobación, Hacienda puede solicitársela.
Compensación de bases imponibles negativas Ejemplo 2
En el IS del ejercicio 2017 –cuyo plazo de declaración finalizó el 25 de julio de 2018– su empresa generó una base imponible negativa de cuantía elevada, que se ha ido compensando en 2018 y 2019 (ejercicios prescritos) y entre los años 2020 y 2023 (ejercicios no prescritos).
Pues bien, si en 2024 Hacienda inicia una inspección, gracias a ese plazo especial de diez años podrá solicitar toda la documentación contable del año 2017 para comprobar si la BIN se calculó correctamente.
Eso sí, en caso de que como consecuencia de esta comprobación considere que la base imponible negativa no estaba bien calculada:
- Sólo podrá regularizar su efecto posterior respecto al IS de los ejercicios no prescritos (del 2020 al 2023).
- Pero deberá aceptar las compensaciones realizadas en los ejercicios ya prescritos (2018 y 2019).
Más de diez años: acreditación
Autoliquidación y contabilidad
Transcurrido el plazo de diez años, el derecho de Hacienda a comprobar la base imponible negativa habrá prescrito, por lo que ya no podrá comprobar la autoliquidación del ejercicio en el que ésta se generó.
Ahora bien, podrá exigir a su empresa que acredite que la BIN existe.
En tal caso, bastará con que usted aporte la autoliquidación del IS del período en el que se generó, así como la contabilidad (con acreditación de su depósito en el Registro Mercantil) .
Cabe entender que el término “contabilidad” se refiere a las cuentas anuales, y no a los libros contables (puesto que transcurridos diez años ya no cabe comprobación y las BIN sólo deben acreditarse).
Así pues, es recomendable consignar en la memoria de cada año las BIN que se vayan generando y las pendientes de compensación.
Hacienda puede comprobar las bases imponibles negativas de los diez ejercicios anteriores con la finalidad de corregir sus efectos en ejercicios no prescritos.
No obstante, al hacerlo debe aplicar el principio de regularización íntegra.
Situación controvertidas
Dos comprobaciones, no.
En estos casos pueden producirse algunas controversias.
Así, es frecuente que las bases imponibles negativas hayan sido revisadas por Hacienda en una comprobación limitada del ejercicio en el que se generaron y que posteriormente, una vez prescrito dicho ejercicio, ésta pretenda revisarlas nuevamente en una inspección dentro del plazo de los diez años.
Esto no es correcto: salvo que se descubran nuevos hechos o circunstancias, Hacienda no puede cuestionar estos créditos fiscales cuando ya hayan sido revisados en un procedimiento de comprobación limitada anterior.
Procedimiento asimétrico
Otro aspecto a tener en cuenta es que, mientras que el plazo general de cuatro años es simétrico (tanto Hacienda como el contribuyente pueden corregir el importe de las bases imponibles negativas generadas en los ejercicios no prescritos), el plazo de los diez años es asimétrico.
Es decir, este segundo plazo sólo puede ser utilizado por Hacienda para comprobar el IS de un ejercicio todavía no prescrito, con el objetivo de regularizar las bases imponibles negativas generadas en años prescritos que pretendan ser compensadas .
Compensación de bases imponibles negativas Ejemplo 3.
Por error, su empresa no calculó correctamente la BIN declarada en el IS del ejercicio 2017.
Pues bien, aunque su empresa ya no puede rectificar dicha declaración ni la BIN declarada por tratarse de un ejercicio prescrito, Hacienda sí podría regularizarla, acogiéndose al plazo especial de comprobación de los diez años.
Regularización íntegra
Otra cuestión relevante es la de si Hacienda, al comprobar las bases imponibles negativas de ejercicios prescritos dentro del plazo de diez años, también está sometida al principio de regularización íntegra .
Según este principio, la regularización debe tener en cuenta todas las consecuencias, sean favorables o desfavorables para el contribuyente.
Pues bien, los tribunales han establecido que dicho principio también debe aplicarse en estos casos .
Compensación de bases imponibles negativas ejemplo 4
Su empresa es objeto de una inspección del año 2023, y resulta que en dicho año compensó una base imponible negativa procedente del ejercicio 2018, ya prescrito. En este caso:
- Si la Inspección detecta que en el ejercicio 2018 su empresa se dedujo un gasto que no era deducible, puede regularizar dicha base imponible negativa de 2018, incrementando la cuota a ingresar del IS de 2023.
- No obstante, si en ese mismo ejercicio la empresa también declaró unos ingresos que no correspondían, Hacienda deberá tener en cuenta dicha circunstancia favorable para usted al regularizar la base imponible negativa de 2018.