Cómo adaptar tu empresa a las nuevas normativas laborales
Patrick Gordinne Perez2025-02-22T05:54:58+00:00Table of Contents
Las nuevas normativas laborales obligan a que las empresas hagan un esfuerzo de adaptación si no las han adoptado ya. Explicamos de qué manera se pueden implementar para estar al día.
Nuevas normativas laborales: cómo adaptarlas a las empresas
En 2025, entran en vigor o se actualizan una serie de obligaciones para las empresas, sobre todo en materia de reducción de jornada laboral, igualdad, desconexión digital u otras áreas. Estas van a constar en el Estatuto de los Trabajadores y algunas son vinculantes para todas las empresas, mientras que otras solo a partir de cierto volumen.
El derecho laboral va incorporando, paulatinamente, nuevos deberes que puede reclamar la representación sindical. Y que el coste de oportunidad de no adoptarlos en tiempo y forma es elevado. En el peor de los casos, hablamos de no poder contratar con la administración; en el peor, de sanciones económicas cuantiosas e, incluso, en casos extremos, de responsabilidad penal subsidiaria. Todo ello se debe tener en cuenta.
Precisamente, porque estas nuevas normativas laborales tienen un punto de complejidad, las explicamos mejor.
Toma nota, que esto te va a interesar:
1. Reducción de la jornada laboral durante 2025
Antes del 31 de diciembre de 2025, se tendrá que aplicar la nueva jornada laboral de 37,5 horas semanales en todas las empresas. Y esto obligará, por ejemplo, a que aquellos convenios colectivos donde no conste se actualicen debidamente. Este año va a ser de transición e implantación progresiva, de manera que es recomendable que, desde enero, ya se plantee la reducción horaria.
Lo cierto es que, aunque hay un consenso con los sindicatos, no existen unos plazos fijos y decididos de implementación. Y esto introduce un elemento de complejidad añadida para las empresas. No se trata solo de tener que adaptarse, sino, de no tener certeza de en qué momento del año empezará la obligatoriedad de la reducción. Por esa razón, es conveniente, en la medida de lo posible, contar con asesoría laboral especializada.
Hay que señalar un punto esencial: esta reducción horaria se hace sin reducción salarial. Es decir, todos los complementos y revalorizaciones por IPC que estén reconocidos, se incorporarán igualmente. De ahí que sea importante conocer cuáles son los plazos.
2. Planes de igualdad actualizados
Las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a implementar Planes de Igualdad. En estos documentos tienen que constar las medidas que se van a aplicar para evitar las discriminaciones por razón de género, orientación sexual y garantizar la igualdad de oportunidades mediante un registro de retribuciones.
Estas medidas, por ejemplo, tienen que incluir protocolos antiacoso y, sin perjuicio de lo que decida la justicia ordinaria, un elemento de gestión interna. De esta forma, la empresa evita ser parte acusada en un juicio penal, porque ha aplicado unas políticas de compliance. Y, además, cabe destacar que, si no se tienen estos planes, la empresa no podrá contratar con las administraciones públicas.
Hay que señalar que los planes en materia de igualdad ya existían. No obstante, esta circunstancia ahora se ha extendido a otros colectivos. Por ejemplo, desde marzo de 2024, se debe incluir un protocolo contra el acoso LGTB. En consecuencia, esta normativa se actualiza y hay que estar pendiente de ello.
3. Nuevas normativas laborales de desconexión digital
La desconexión digital es otro de los derechos que están reconocidos recientemente para los trabajadores y que se debe hacer efectivo durante el 2025. ¿Qué significa esta novedad en su sentido más amplio? No solo la posibilidad de desconectar los dispositivos móviles del trabajo fuera del horario laboral, sino también la de no recibir ningún tipo de comunicación de los superiores. Esto, que ya constaba en el artículo 20 del ET, se remarcará.
Hay que señalar que, con la extensión del teletrabajo, este punto se hace más importante, si cabe. Quizás no se realicen llamadas, pero sí se podrían enviar whatsapps, correos electrónicos o mensajes internos por chat de grupo. Pues bien, con estas nuevas medidas, se eliminaría esta posibilidad fuera de los horarios laborales. E, indicamos, esto se tiene que aplicar con el horario laboral del trabajador.
¿Esto qué implicará? Que las empresas tendrán que fijar bien claro a sus directivos y mandos intermedios a qué horas no se puede llamar. No en vano, esa desconexión es un derecho en el más amplio sentido del término. Por lo tanto, y para evitar problemas legales, también hay que adaptarse.
En resumen...
Las nuevas normativas laborales de 2025 obligan a las empresas a realizar unos esfuerzos adicionales para cumplirlas. Por eso, contar con un servicio de asesoría laboral es especialmente interesante. En Asesoría Orihuela Costa disponemos de lo necesario para ayudarte. ¡Contáctanos y te informamos!