Todo lo que tiene que saber sobre el autónomo en España
Patrick Gordinne Perez2024-04-28T08:25:15+00:00Ser un autónomo en España es un deporte de riesgo, muchísimo riesgo. El 50% de los autónomos se dan de baja en el segundo año de su aventura. Asustado ? No te asustes, ser autónomo es un proceso largo duro pero tiene sus recompensas.
Tener una idea que funciona, tener clientes satisfecho y contentos con tu trabajo, ayudar la gente es una recompensa enorme. Y estarás pensando, yo quiero ganar dinero y esta persona me habla de ayudar a la gente??? Si tu único objetivo es ganar dinero, no te des de alta como autónomo. Seguramente salga mal.
El mundo de los negocios ha sido difícil desde siempre pero nosotros creemos que hay en día mucho más. Si te estás pensado darte de alta como autónomo sigue leyendo, sólo te llevará 5 minutos y quizas te ayude.
¿Que es un autónomo?
Un autónomo es una persona física que trabaja para sí mismo, (también para pagar a hacienda) y nadie le dice lo que tiene que hacer. Que invierte en el negocio y arriesga su propio dinero, su tiempo.
Que toma todas las decisiones sobre su negocio, que se equivoca.
Para ser un buen autónomo, pensamos que hay que ser un cabezota insensato y un poco loco para darse de alta como autónomo. Pero mucha gente no tiene más remedio si quiere sobrevivir.
Características de un autónomo:
- Un autónomo debe ser valiente, ser atrevido
- Un autónomo debe tener miedo al fracaso, de hecho, para tener éxito en los negocias hay que fracasar muchas veces.
- Un autónomo no tener miedo al trabajo, al esfuerzo, al sacrificio.
- El autónomo tiene que tener una buena idea. Si no tienes una buena idea, no innoves, copiad. (Frase de Emilio Duró)
- Un autónomo tiene que tener labia. Seas vendedor, dentista o albañil tienes que saber venderte.
Recomendación para ser autónomo:
- Haced cálculos previos de los gastos.
- Hacer cálculos previos de los precios
- No derroches. No malgastes
- Hacer cosas diferentes. Si haces siempre lo mismo obtendrás los mismos resultados. Como decía Steve Jobs Think Different
- Estudiar el mercado, estudiar los competidores.
- Tener paciencia.
- El cliente que paga es dios.
Fallar no te convierte en un fracasado, rendirte y no volver a intentarlo SI
¿Cómo darse de alta como autónomo?
Para hacerse autónomo hay que darse de alta en hacienda y la seguridad social.
Esto se hace presentado por internet el alta de la actividad en hacienda y la comunicación del comienzo de la actividad a la seguridad social.
El alta en la seguridad social tiene que ser previa. El alta en haciendo se puede hacer el mismo día del alta.
Requisitos para darse de alta en la seguridad social:
- Tener DNI o NIE
- Tener permiso de trabajo.
- Ser mayor de 18 años
- Tener un número de la seguridad social
- Tener un número de cuenta admitido por el sistema SEPA
- Se debe informar del CNAE de la actividad
Al darse de alta, los autónomos adquieren una serie de beneficios, como :
- Acceso a la cobertura de enfermedad y accidentes profesionales,
- Derecho a la prestación por cese de actividad,
- Posibilidad de cotizar para la jubilación y
- Acceso a servicios de formación y asesoramiento empresarial.
Y una serie de obligaciones:
- Pagar la cuota de la cotización a la seguridad social.
- Presentar los impuestos trimestrales correspondientes
- Presentar la declaración del a renta
El alta en la Seguridad Social es un paso fundamental para iniciar una actividad empresarial como autónomo.
Asesoria Orihuela Costa es una marca creada por Patrick Gordinne Pérez, licenciado en Económicas por la universidad de Alicante. Nuestro principal objetivo es ayudar a las personas.
¿Cómo darse de baja como autónomo?
Muy importante para darse de baja como autónomo
Si el negocio le va mal, no puede continuar con la actividad es importante presentar la baja en la seguridad social y hacienda.
Si no lo hace, hacienda puede requerir le presentar más declaraciones trimestrales (y sancionarla ) y la seguridad social exigirle las cuotas autónomo.
Para darse de baja como autónomo hay que presentar dos declaraciones:
- El modelo 036 de baja en hacienda o cese de la actividad. Hay que poner el NIF el nombre y la fecha de la baja efectiva. Se puede presentar una baja en hacienda hasta un mes para atrás.
- Y la comunicaciones a la seguridad social del fin de la actividad. Se puede presentar la baja de la actividad en la seguridad social hasta tres días después de la fecha efectiva d ela baja.
El cese de actividad para autónomos es un proceso que permite a los trabajadores por cuenta propia suspender su actividad empresarial de manera temporal o definitiva.

¿Que es un autónomo colaborador?
Un autónomo colaborador es un cónyuge o pariente hasta segundo grado que trabaja habitualmente con el autónomo.
Aquel deberá cotizar a la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como “familiar colaborador”.
Autónomo colaborador tiene que ser mayor de edad
Si el pariente es menor de edad o sólo le va a echar una mano, de modo que los trabajos que desempeñará serán esporádicos (sin horario fijo, sin salario…), tampoco debería cotizar en el RETA aunque haya cumplido 18 años.
El trabajo del autónomo colaborador tiene que ser habitual , no esporádico
Para poder estar dado de alta como autónomo se exige que la actividad desarrollada se lleve a cabo de forma habitual. Si no, se trata de simples trabajos de amistad, benevolencia y buena vecindad a modo de favor.
El gasto de un autónomo colaborador es un Gasto deducible
Si un autónomo contrata a su cónyuge, éste también deberá darse de alta como autónomo (en este caso, como familiar colaborador:
- Si el autónomo tributa en el IRPF en estimación directa, las retribuciones que abone a su cónyuge serán un gasto deducible.
- Si también le paga las cuotas del RETA, ese gasto también es deducible.
No obstante, si no puede demostrarse el trabajo habitual y con continuidad del cónyuge, las retribuciones de éste no serán deducibles.
Eso sí: el perceptor tampoco tendrá que declararlas como rendimientos en su IRPF.
En todo caso, las retribuciones abonadas al cónyuge no deben ser superiores a las de mercado correspondientes a su cualificación profesional y al trabajo desempeñado.
En definitiva, no dé de alta a su hijo o pariente en el régimen de trabajadores autónomos si sólo le ayuda esporádicamente.
¿Que es una autónomo societario?
Un autónomo societario es una persona que tiene al menos un 50% de las participaciones de una empresa y trabaja en ella. Los autónomos societarios se pueden beneficiar de la tarifa plana
O de otra forma, tiene el control efectivo de su sociedad y trabaja en ella.
Control efectivo de un autónomo societario
Se considera que tienen el control efectivo quienes poseen al menos el 50% del capital de la empresa.
Y también se presume que ostenta el control efectivo (salvo prueba en contra):
- Quien posee el 50% del capital sumando sus participaciones, las de su cónyuge y las de sus familiares hasta el segundo grado que conviven con él (como, por ejemplo, sus hijos).
- Quien, de forma individual, posee al menos una tercera parte del capital. Así, por ejemplo, un socio con un 40% no tendrá el control efectivo si el 60% restante pertenece a un único socio, pero sí lo tendrá si ese porcentaje está repartido entre socios minoritarios.
- Quien posee el 25% del capital y además ejerce funciones de dirección y gerencia.
Tarifa plana de los autónomos societarios
Los autónomos societarios que causen alta inicial en el RETA podrán aplicar durante doce meses la base mínima ordinaria aplicable al resto de autónomos.
Debe cotizar obligatoriamente por accidentes de trabajo y por cese de actividad.
En este sentido, tendrá derecho a la prestación por cese de actividad (el denominado “paro” de los autónomos) si cesa en su actividad de forma involuntaria y se cumplen unos requisitos: que la sociedad tenga pérdidas y que usted deje de prestar servicios en ella (y que cese en su cargo si es el administrador).
Un autónomo tiene que facturar 3 sueldos para tener un sueldo
Cotización de los autónomos
Previsión de rendimientos
Nuevo sistema de cotización desde el 2023
Una nueva ley ha establecido un nuevo sistema de cotización y recaudación que obligará a los trabajadores autónomos a cotizar en función de los ingresos reales.
De esta manera, si usted es autónomo, desde el 1 de enero de 2023 deberá comunicar a la Seguridad Social, a través del portal ImportaSS, una previsión de los rendimientos netos que vaya a obtener en el ejercicio de todas sus actividades económicas.
El cálculo de los rendimientos netos se llevará a cabo deduciendo de los ingresos todos los gastos necesarios para su obtención, así como una deducción por gastos genéricos del 7% (del 3% para los autónomos societarios).
A lo largo del año, los trabajadores autónomos podrán modificar su base de cotización hasta seis veces para ajustarla a la evolución de su previsión de rendimientos.
En función de la previsión de ingresos que haya comunicado previamente, el trabajador autónomo deberá elegir una base de cotización comprendida entre las bases mínima y máxima de cotización que correspondan a su tramo de ingresos conforme a la tabla general de bases (existen tablas ya establecidas para los años 2023, 2024 y 2025).
Si la previsión de rendimientos es inferior a la base mínima del tramo 1 de la tabla general, se aplicará la tabla reducida.
No obstante, la base mínima de familiares de trabajadores autónomos incluidos en el RETA y de autónomos societarios no podrá ser inferior a la establecida para el grupo 7 de cotización en el régimen general de la Seguridad Social.
Regularización de las bases de cotización
Las bases elegidas tendrán carácter provisional, hasta que se proceda a su regularización a partir del ejercicio siguiente, en función de los rendimientos anuales obtenidos y comunicados por la Administración tributaria.
Debe llevarse a cabo la regularización conforme al procedimiento establecido, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
- Se excluyen las cotizaciones correspondientes a los meses cuyas bases de cotización hayan sido tenidas en cuenta por el cálculo de la base reguladora de cualquier prestación económica del sistema de la Seguridad Social.
- Se tiene en cuenta el reintegro de cuotas al trabajador que la Tesorería debe efectuar en caso de pluriactividad.
- Se efectúa en función del rendimiento computable de cada una de las actividades ejercidas, de acuerdo con lo previsto en las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el cálculo del rendimiento neto.
La regularización no afecta a las bonificaciones en la cotización obtenidas por conciliación de la vida profesional y familiar.
Diferencias de cotización del autónomo
Calculada la base de cotización definitiva, el trabajador autónomo puede ingresar las diferencias de cotización, sin interés de demora ni recargo alguno, hasta el último día del mes siguiente a aquél en que se le notifique el resultado de la regularización.
En caso de que proceda la devolución por haber ingresado cotizaciones superiores a las debidas, la Tesorería deberá hacerlo antes del 31 de mayo del ejercicio siguiente.
Compatibilizar la prestación por desempleo con el trabajo autónomo
Compatibilizar el paro con ser autónomo, ¿es posible?
Quienes perciban una prestación por desempleo de nivel contributivo –por haber cesado con carácter total y definitivo su actividad laboral– y causen alta como trabajadores por cuenta propia en el RETA podrán compatibilizar la prestación con el trabajo autónomo.
En este sentido :
- Esta compatibilización se puede mantener por un máximo de 270 días, o por un tiempo inferior según lo que reste de prestación.
- El afectado debe solicitar esta medida al SEPE en el plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia, sin perjuicio de que el derecho a la compatibilidad de la prestación surta efectos desde la fecha de inicio de tal actividad.
Transcurrido dicho plazo de 15 días, el trabajador no podrá acogerse a esta compatibilidad.
La realización de un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo o parcial supondrá el fin de la compatibilización indicada.
Exclusiones de la compatibilización del paro
No obstante, hay algunas personas que no pueden acogerse a esta medida.
En concreto :
- No podrán acogerse aquellas personas cuyo último empleo haya sido por cuenta propia.
- Tampoco podrán acogerse quienes hayan hecho uso de este derecho u obtenido el pago único de la prestación por desempleo (la capitalización) en los 24 meses inmediatamente anteriores.
- Asimismo, no se incluirán quienes se constituyan como trabajadores autónomos y suscriban un contrato para la realización de su actividad profesional con la empresa para la que hubiesen prestado sus servicios por cuenta ajena con carácter inmediatamente anterior al inicio de la situación legal de desempleo (o con una empresa del mismo grupo).
¿Tienen derecho a paro los autonomo?
Los Autónomos si tiene derecho a paro
Si usted cotiza como autónomo, recuerde que puede cobrar una prestación por cese de actividad (equivalente al “paro”) si cotiza por este concepto y acredita dicho cese.
Pues bien, los requisitos para acceder a esta prestación se han suavizado desde 2015:
- Cese.Una de las causas por la que puede cobrar esta prestación es si cesa en su actividad por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos.
A partir de ahora se dará este motivo (entre otros supuestos) si el cese se debe a que ha tenido pérdidas del 10% de los ingresos durante un año completo (antes, las pérdidas debían ser del 30%, o del 20% en dos años consecutivos).
- Cotización . Hasta ahora, para tener derecho a esta prestación debía cotizar por cese de actividad (2,20%) y por contingencias profesionales. A partir de ahora, no obstante, bastará con cotizar por cese de actividad (además de la cotización obligatoria por contingencias comunes).
¿Que es la tarifa plana de los autónomos?
Autonomo Tarifa plana
Se establecen reducciones en la cotización –tarifa plana– por el inicio de una actividad por cuenta propia.
Durante los 12 meses siguientes al alta, los autónomos que lo soliciten podrán cotizar por una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales, quedando excepcionados de cotizar por cese de actividad y por formación profesional.
La reducción podrá ampliarse 12 meses más cuando los rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al SMI. Las cuotas correspondientes a los 12 primeros meses no serán objeto de regularización.
El importe de la cuota reducida será, entre los años 2023 y 2025, de 80 euros/mes.
A partir de 2026, el importe se establecerá en la Ley de Presupuestos Generales.
Esta cuota reducida sustituye a la anterior tarifa plana de 60 euros/mes (hasta el 2022).
También se modifica la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo (LETA) para adaptar las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social al nuevo sistema de cotización e incluir una nueva bonificación del 75% de la cuota por contingencias comunes por cuidado de menor con cáncer o enfermedad grave.
¿Que es un autónomo falso?
Un falso autónomo es un trabajador que está dado de alta como autónomo pero en realidad hace funciones de un trabajador por cuenta ajena.
Muchos empresarios no tienen más remedio de darte trabajo si te das de alta como autónomo pero tu no pones los medios de producción , no mandas no decides nada del negocio.
Se considera un falso autónomo cuando un autónomo se factura el 70 % de sus rendimientos a un solo cliente.
Vea aquí las consecuencias de contratar un falso autónomo
La seguridad social y las obligaciones económicas de los autónomos son temas complejos que requieren atención y comprensión por parte de todos los implicados. Es fundamental estar informado sobre los requisitos, beneficios y cambios legales para tomar decisiones adecuadas en relación a la actividad autónoma. Sin embargo, cabe preguntarse si el sistema actual es justo y equitativo para todos los autónomos, o si es necesario revisarlo y adaptarlo a las necesidades del mercado laboral actual.